La Ley Orgánica de la Administración de Compensación por Accidentes de Automóviles es la Ley Núm. 138 del 26 de junio de 1968, según enmendada, conocida como "Ley de Protección Social por Accidentes de Automóviles". Reducir los efectos económicos y sociales que tienen los accidentes de tránsito sobre la familia y demás dependientes de sus víctimas, proporcionando a éstas: Servicios Médico-Hospitalarios, Compensación por Pérdida de Ingreso (incapacidad),Compensación por Muerte. Compensación por Desmembramiento, Compensación por Gastos Fúnebres,
Oficina Central 249 Arterial Hostos, Esquina Chardón