Ley158 – 2015
Para crear la “Ley de la Defensoría de las Personas con Impedimentos de PuertoRico”; crear la “Defensoría de las Personas con Impedimentos del Estado LibreAsociado de puerto Rico”, la cual tendrá autonomía fiscal, programática y administrativa e independencia para llevar a cabo su labor fiscalizadora y establecer su organización administrativa; crear el cargo de Defensor de lasPersonas con Impedimentos; derogar la Ley 78-2013, conocida como “Ley del Procurador de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de PuertoRico”; y para otros fines relacionados.
Centro Gubernamental Roberto Sánchez Vilella, Minillas
Torre Sur, Piso 2, Oficina 204
Ave. De Diego, Parada 20
Santurce, Puerto Rico 00912