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Agencias

Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA)

Logo Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA)

La Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada (OPPEA) fue creada en virtud de la Ley Número 76 del 24 de julio del 2013.

Sus bases legales son:

  1. Ley Pública Federal 89-73 del 14 de julio de 1965, según enmendada, conocida como la Ley del Ciudadano de Edad Mayor (“Older Americans Act”).
  2. Ley 121 del 1 de agosto de 2019, según enmendada, conocida como “Carta de Derechos y la Política Pública del Gobierno a Favor de los Adultos Mayores”.  

La OPPEA tiene la responsabilidad de atender a la población de personas adultas mayores en las áreas de educación, planificación financiera, salud y seguridad, entre otras.  Esta responsabilidad se cumple con la coordinación y ofrecimiento de los servicios necesarios para cubrir muchas de sus necesidades y las de sus cuidadores en aspectos importantes del proceso de envejecimiento como lo son la salud y la seguridad.  

Además, recaen sobre la OPPEA, simultáneamente, las facultades, funciones y deberes del Procurador de los Residentes en Establecimientos de Cuidado de Larga Duración. Nuestra meta continúa siendo la defensa de los derechos de toda persona adulta mayor y contamos con un foro administrativo para la atención de querellas sobre acciones u omisiones que lesionen sus derechos.

Dirección Postal

  • Po Box 191179
    San Juan, PR
    00919-1179

Cuadro Telefónico

  • (787) 721-6121

Dirección Física

  • Ave. Ponce de León, Pda 16, Edificio 1064, 3er nivel (Altos del edificio de Marshalls)

    San Juan, PR
    00919-1179

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